La iniciativa que será votada este lunes en el Congreso del Estado, también prevé castigos para quienes exploten laboralmente adultos mayores y personas con discapacidad
Morelia, Michoacán, 15 de febrero de 2021. El trabajo infantil violenta el derecho a la educación, a la libertad, a una vida libre de violencia, aseveró la diputada integrante de la 74 Legislatura, Yarabí Ávila González, al afirmar que es necesario establecer con claridad las competencias de las diversas autoridades e instituciones, para que de una eficaz protección a los menores en situación de riesgo o que sean sujetos a explotación laboral.
La diputada local, reconoció la labor de los diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para dictaminar a favor de dicha propuesta, que sostuvo tiene por objeto armonizar y establecer las competencia para que exista en Michoacán una protección a los menores, y que no sean sujetos de discriminación y que se violen sus derechos.
Ávila González, agregó que entre las leyes que serán reformadas se encuentran la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Atención y Prevención de la Violencia Familiar en el Estado y la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en el Estado.
Lo que se propone, es considerar dentro del Maltrato psicoemocional cualquier forma de trabajo infantil, así como considerar violencia cualquier forma de trabajo infantil, y el permitir que éstos realicen sobre vías de circulación vehicular, cualquier actividad por la que se pretenda obtener un ingreso económico.
A la par, dijo, se reconoce la explotación laboral de menores, personas con discapacidad y adultos mayores. En estos casos se establece que a quien obtenga un beneficio económico, a través del trabajo de un menor o de la explotación laboral de un menor, de una persona con discapacidad física o mental o mayores de sesenta años, poniéndolo a trabajar en las calles, avenidas, ejes viales, espacios públicos, recintos privados o cualquier vía de circulación, se le impondrá de cuatro a siete años de prisión y de mil a tres mil días multa.
También se propone que cuando el responsable tenga parentesco, conviva o habite ocasional o permanentemente en el mismo espacio o domicilio con la víctima, o se trate de tutor o curador, se le impondrán también sanciones, así como a la autoridad judicial que conozca del asunto.
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