Sucesos

Propone Tere Mora reforma para evitar la doble tributación a los michoacanos por el DAP

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La legisladora petista, señaló el alumbrado público eficiente contribuye a reducir los índices delictivos, reducir la contaminación ambiental, brindan seguridad a sus habitantes, quienes se benefician de manera directa al tener una ciudad, localidad, poblado o comunidad iluminada
Morelia, Michoacán, 28 de noviembre de 2019. Con la finalidad de evitar la doble tributación de las y los michoacanos por el Derecho al Alumbrado Público (DAP), la diputada Teresa Mora Covarrubias, presentó una iniciativa de reforma al artículo 102 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Michoacán.

La diputada local, indicó que dicha iniciativa busca que para solicitar la aprobación del cobro del derecho de alumbrado público los gobiernos municipales deben dividir la cantidad requerida para brindar el servicio eficiente de alumbrado público entre los sujetos de dicho derecho fiscal, es decir entre las personas físicas o morales propietarias, poseedoras, usufructuarias o usuarias de predios ubicados en el territorio del municipio, que reciban el servicio de alumbrado público que presta éste.

“Esta reforma propone hacer realidad la esencia de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, en lo relativo al capítulo del alumbrado público, y lograr la total iluminación de los municipios del Estado, para que de igual forma los munícipes que deseen innovar o reemplazar su red luminaria, para con ello contribuir a reducir la contaminación ambiental, el consumo innecesario de energía eléctrica y en consecuencia, al innovar a iluminación eficiente, reducir el costo del derecho de alumbrado público en su siguiente ejercicio fiscal”, agregó.

 La legisladora integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT), manifestó que el hecho de cambiar sus luminarias a lámparas ahorradoras o tipo led, reducirán hasta en un 67 por ciento el consumo actual del consumo de energía eléctrica.

“A fin de que se cumpla a con el espíritu y esencia de la Ley en lo relativo al alumbrado público, los presidentes municipales, deben establecer el presupuesto requerido para el ejercicio fiscal correspondiente, para solicitar a esta soberanía, aprobar el cobro del derecho del alumbrado público, con todo lo que conlleva a ello, es decir señalar los costos de luminarias a reemplazar, red eléctrica, en caso necesario, o tramos a reparar, y demás cuestiones”, finalizó. 

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