Iniciativa por la que se propone la adición de los artículos 3 BIS y 5 BIS a la Ley de Planeación del Estado de Michoacán
Morelia; Michoacán, 27 de junio de 2017.- A fin de garantizar los derechos de la mujer y generar las condiciones para su desarrollo, la diputado Socorro de la Luz Quintana propone que en la Ley de Planeación del Estado de Michoacán, se incluya la implementación de programas institucionales que empoderen a las mujeres.
A través de una iniciativa que presenta en la sesión de este miércoles, la legisladora presidente de la Comisión de Equidad de Género del Congreso local, destacó que un aspecto fundamental para el impulso del desarrollo humano y la consolidación de un Estado incluyente y democrático, obliga al Estado a crear y promover las condiciones e instituciones óptimas para su ejercicio real y efectivo que garantice el bien común.
De esa manera, acentuó que es urgente y necesaria la implementación de programas institucionales que ayuden a empoderar realmente a la mujer y que, más allá de atender las consecuencias de la violencia y feminicidios, existan políticas públicas transversales y con perspectiva de género en materia de salud, educación, desarrollo económico y empoderamiento de las mujeres michoacanas como medidas preventivas de la violencia contra las mujeres al generar mejores condiciones para su desarrollo.
Para ello, destacó Socorro de la Luz Quintana, que es menester el establecer un anexo con cantidades propuestas por el ejecutivo del Estado “ya que nos sirve como eje rector para visualizar el número de apoyos aproximados para ejercer con etiqueta femenina e incrementar los números de avances en becas, micro-negocios, apoyos en cuidados preventivos para la salud, así como ciencia y tecnología, entre otros”, resaltó.
En la actualidad, señaló, la Auditoria Superior de Michoacán (ASM), no cuenta con datos duros de beneficiarias en cada uno de los renglones anteriores, por lo cual nos lleva a deducir que no se tiene cuidado de que dicho presupuesto sea aplicado con etiquetas para el género femenino.
Por tal motivo es que se propone la adición de los artículos 3 BIS y 5 BIS a la Ley de Planeación de Michoacán de Ocampo, en la que se incluyen la igualdad, perspectiva, la no discriminación, ejes de transversalidad con perspectiva de género.
Además los municipios en la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo, buscarán que en materia de la incorporación de la perspectiva de género se incluya:
I. Las acciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y cualquier forma de discriminación de las mujeres.
II.- Transversalizar la perspectiva de género en todo el plan municipal de desarrollo
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