Morelia; Michoacán, 10 de julio de 2019.- El diputado Francisco Cedillo de Jesús presentó ante el pleno del Congreso del Estado una iniciativa para reformar la fracción primera del artículo 11 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia mediante el cual se contempla el concepto de violencia laboral, como las conductas referidas en el artículo 133, fracciones XIV y XV de la Ley Federal del Trabajo, las cuales se refieren, respectivamente, a la prohibición a los patrones o a sus representantes de exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo.
El legislador morenista expresó que, “algunos de los principales problemas que enfrentan las mujeres al momento de solicitar un empleo o al incorporarse a un trabajo son: la violación a sus derechos por su condición de género, doble jornada sin pago salarial, el acoso sexual, la exigencia de requisitos sobre el estado civil, maternidad, esterilización quirúrgica, edad, apariencia física realización de pruebas de embarazo o de virus de inmunodeficiencia humana VIH/SlDA, por mencionar algunos, siendo duramente discriminadas por patrones o personal de recursos humanos de las empresas”.
Explicó que esta iniciativa tiene como objeto homologar la definición de violencia laboral con la Ley General, para así erradicar por completo las prácticas discriminatorias en las que algunas empresas inciden durante el proceso de embarazo de la mujer.
Compartió que, a nivel mundial, el 35 por ciento de las niñas y niños menores de cuatro meses de edad son alimentados exclusivamente con lactancia materna con una duración promedio de 18 meses, información que difiere de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.
Por ello, dijo, es necesario que los recién nacidos y menores de un año sean alimentados de manera adecuada con la leche materna y por supuesto que los superiores jerárquicos autoricen a las madres trabajadoras para que puedan alimentar a sus hijos durante la jornada laboral.
Cabe destacar que seis de cada diez mujeres con ocupaciones laborales, es decir un 57.1 por ciento, son subordinadas y remuneradas; mientras que de ellas un 61.6 por ciento no cuenta con acceso a servicios de salud como prestación laboral, seguido de un 58.2 por ciento que labora sin tener un contrato escrito y, más de la mitad, no cuenta con prestaciones laborales.
Asimismo, La ENOE muestra que, en la duración de la jornada laboral, un 45.7 por ciento de las mujeres de 15 años y más remuneradas ocupadas, cumplen jornadas semanales de entre 35 y 48 horas; 11.7 por ciento labora jornadas de más de 48 horas por semana; 28.5 por ciento de 15 a 34 horas, y 12.7 por ciento trabajan menos de 15 horas por semana.
Por su parte, el INEGI señaló que, pese a que el empleo en las mujeres ha crecido a un mayor ritmo que en los hombres en el cuarto trimestre de 2019, la participación femenina continúa siendo menor a la masculina: las mujeres ocupan un 37 por ciento y los hombres un 63 por ciento, durante el primer cuatrimestre de este 2019 en la vida laboral de Michoacán.
En este contexto, Francisco Cedillo de Jesús explicó que, “es de conocimiento general que a las mujeres se les exigen requisitos adicionales al momento de solicitar un empleo, por lo que la mayoría de las veces solo son contratadas para empleos de limpieza, cuidado del hogar, cuidado de menores etc. Como vemos es grande la diferencia que existe entre la vida laboral del hombre y la mujer y esto en gran parte es por la discriminación que ha sufrido la mujer a lo largo de los años”.
Así, remarcó que resulta indispensable armonizar la legislación local con las normas federales y con ello, conformar un esquema que garantice que las mujeres superen las barreras ámbito laboral y lograr un pleno reconocimiento a la igualdad y la no discriminación de sus derechos laborales.
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