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Octavio Ocampo propone prohibir el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños, niñas o adolescentes

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Morelia, Michoacán, 06 de octubre de 2020. Para hacer cumplir el derecho al respeto de la dignidad humana e integridad personal de las niñas, niños y adolescentes, el diputado Octavio Ocampo Córdova, presentó una iniciativa para armonizar la legislación local con la federal y establecer sanciones, para quienes realicen castigo corporal, físico y humillante, como formas de maltrato y al quitar de la Ley, la facultad que se daba a los padres y tutores de corregir a los niños a cambio de observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo.

 

En la sesión de este martes, el diputado integrante de la LXXIV Legislatura Local, propuso una iniciativa de reforma a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y se reforman los artículos 316, 317 y 405 del Código Familiar, ambos del Estado de Michoacán.

 

El legislador plantea que quede establecido en el Código Familiar del Estado, que niñas, niños y adolescentes, tienen derecho al respeto por parte de los integrantes de sus familias, de su integridad física, psíquica, emocional y sexual, para su sano desarrollo y plena incorporación y participación en la sociedad.

 

En ese contexto, Octavio Ocampo propone que se prohíba tanto en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en el Código Familiar, el castigo corporal o cualquier tipo de maltrato y castigo humillante, como forma de educar o corregir.

 

El legislador recordó que en el Senado de la República recientemente se aprobaron las reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código Civil Federal, para prohibir el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños, niñas o adolescentes.

 

Michoacán debe armonizar su legislación, y hacer Ley la prohibición de castigos y así cumplir con el derecho al respeto de la dignidad humana e integridad personal de las niñas, niños y adolescentes.

 

Con estas reformas, se establece de manera clara la prohibición de los castigos corporales y humillantes y al aprobarse esta propuesta, será ilegal utilizarlos contra niñas, niños y adolescentes.

 

En la iniciativa Octavio Ocampo propone que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y disciplina de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda, custodia y crianza, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, de cuidado, penales o de cualquier otra índole, sin que, en modo alguno, se autorice a estos, el uso del castigo corporal ni el trato humillante.

 

El legislador llamó a erradicar todo tipo de violencia y crear condiciones de bienestar, que propicien un entorno afectivo y comprensivo, que garantice el ejercicio de sus derechos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

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