• Congrego aprobó reformar los artículos 44, 50, 60, 76, 99, 100, 101, 102 y 154 de la Constitución Política del Estado
Morelia; Michoacán, 12 de julio de 2018.- Con la finalidad de constituir un órgano autónomo, apartidista, que garantice la eficacia y profesionalización, acorde al nuevo modelo de procuración de justicia, la LXXIII Legislatura aprobó diversas reformas a la Constitución Política del Estado, mediante las cuales se crea la Fiscalía General del Estado la cual estará dotada con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía financiera, presupuestaria técnica y de gestión en los términos que determine la ley.
El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Justicia fue abalado por el Pleno del Congreso del Estado, señala que la Procuraduría General de Justicia del Estado se convierte en la Fiscalía General, además de establecer el proceso, requisitos y perfil necesario para la elección del Fiscal General, mismo que durará nueve años en su encargo.
Asimismo, la reforma establece que para la elección del Fiscal General del Estado, el Congreso del Estado emitirá convocatoria pública noventa días antes del término del encargo, de entre los registrados que cumplan todos los requisitos, elegirá diez aspirantes que serán enlistados para enviar al Gobernador, quien a partir de la recepción de la misma tendrá hasta diez días para formar una terna de la cual el Pleno del Poder Legislativo elegirá con la votación de las dos terceras partes de sus integrantes al próximo Fiscal General.
Cabe destacar, que de no enviarse la terna dentro del plazo señalado el Congreso local integrará la terna correspondiente; o en el caso de no lograr la votación requerida para elegir de entre los propuestos integrantes de la terna hasta en dos ocasiones, se solicitará al Gobernador del Estado la integración de una nueva terna, que será integrada por personas de la lista inicial.
Algunos de los requisitos determinados para poder ser elegible para el cargo en función son: ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos; contar con residencia en el Estado de Michoacán al menos de tres años, el día de su designación; no haber sido sentenciado por delito doloso, inhabilitado o encontrarse sujeto a procedimiento de responsabilidad, y una vez elegido, este deberá rendir un informe anual al Congreso del Estado.
Cabe destacar, que el dictamen que contiene las propuestas presentadas en su momento por los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Acción Nacional, estableces que el Fiscal Estatal Anticorrupción durará en su encargo siete años y será nombrado por el Congreso del Estado.
Una vez que sea entregada a los Ayuntamientos del estado y al Consejo Municipal de Cherán, estos tendrán hasta 30 días para enviar al Poder Legislativo el resultado de su votación, y de ser aprobada por los mismos, la reforma constitucional entraría en vigor al día siguiente de su publicación. A lo que el Congreso local, por primera y única ocasión tendría un término de 60 días para emitir la convocatoria pública para llevar acabo el procedimiento de elección del Fiscal General del Estado. Además que tendrá 180 días para expedir la Ley Organiza de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo.
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