Nacionales e internacional

GPPRD ALISTA LEY REGLAMENTARIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO

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Ciudad de México, 14 de marzo de 2019

SE CONSOLIDA FIGURA JURÍDICA PARA COMBATIR DELITOS COMO CORRUPCIÓN Y ROBO DE COMBUSTIBLES

·         Publicación de reforma constitucional es un logro del PRD en el Senado de la República

·         Presenta Miguel Ángel Mancera iniciativa para crear la Ley del Registro Nacional de Detenciones, necesaria para reglamentar la operación de la Guardia Nacional.

La publicación de la reforma constitucional que permite aplicar la figura de Extinción de Dominio sobre los bienes relacionados con hechos de corrupción, robo de combustibles -conocido como huachicol- y trata de personas es un logro del Grupo Parlamentario del PRD.

“Esta figura jurídica se va a convertir en la herramienta más importante para el combate al huachicol, no tengo ninguna duda. Por eso nosotros en breve estaremos presentando también la iniciativa porque hay que dejarle claro a la gente que lo que se aprobó ahora es la reforma constitucional, pero falta la Ley Reglamentaria para el procedimiento de Extinción de Dominio”, indicó el coordinador del GPPRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa.

Las reformas a los artículos 22 y 73, Fracción XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, permitirá a las autoridades iniciar la confiscación de bienes a la delincuencia ymonetizarlos.

Durante la sesión ordinaria de este jueves, el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Martí Batres Guadarrama, destacó que con esta publicación “se da un paso muy importante en nuestro sistema legal para el combate a la corrupción y a la delincuencia en nuestro país”.

Acompañado por la senadora, Leonor Noyola y los senadores Antonio García Conejo, Juan Manuel Fócil Pérez y Omar Obed Maceda Luna, el coordinador del GPPRD presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Registro Nacional de Detenciones, que forma parte de las leyes reglamentarias para la operación de la Guardia Nacional.

Miguel Ángel Mancera detalló que la iniciativa “está compuesta por 38 artículos, tiene el enfoque de las disposiciones de organismos internacionales, de recomendaciones, por supuesto en el marco de los Derechos Humanos y se compone de puntos muy importantes como es registro de información viable, confiable, transparente; establecer el control administrativo, contemplar también el tratamiento que se debe de dar en el caso de las personas menores de edad y todo lo relativo al Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública”.

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Ciudad de México, 14 de marzo de 2019

TARJETA INFORMATIVA

La Ley del Registro Nacional de Detenciones, que forma parte de la legislación reglamentaria de la Guardia Nacional, evitará detenciones irregulares y que las autoridades actúen en apego a los principios ya dictados por organismos internacionales, afirmó el coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa.

“Cada vez que haya una detención se tiene que registrar, esto va a evitar que pueda haber desapariciones, que pueda haber personas que estén detenidas y que no se le avise a la familia, que no se notifique; que se haga pública esa detención dentro del esquema de competencia de autoridades, es decir, será un antes y después en esta materia”, enfatizó.

Ante el pleno en el Senado de la República, el coordinador del GPPRD, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Registro Nacional de Detenciones, la cual tiene como objeto “establecer un control administrativo de las detenciones bajo las modalidades de orden de aprehensión, flagrancia, ministerial por caso urgente, arraigo, cateo y provisional con fines de extradición”, precisa el documento.

El Artículo 8 de la iniciativa de ley plantea que las entradas del Registro Nacional deberán contar con al menos los siguientes elementos: nombre, edad, descripción del estado físico e imagen del detenido; lugar, hora y fecha de detención, autoridad que realiza la detención y a la que se pone a disposición el detenido además, se debe especificar si pertenece a algún grupo vulnerable.

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