Morelia, Michoacán, 25 de mayo de 2021. El Pleno de la 74 Legislatura declaró el ha lugar para admitir a discusión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2° de la Constitución Política del Estado de Michoacán, a propuesta de los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales.
La propuesta legal, pretende incorporar en el texto constitucional la obligación por parte de las autoridades, adoptar medidas necesarias para que de manera progresiva se erradiquen las desigualdades y la pobreza, así como para promover el desarrollo social y se alcance una justa una justa distribución de la riqueza y el ingreso entre personas.
Aunado a ello, se busca establecer el derecho a un mínimo vital que deberá ser garantizado progresivamente por el Estado, indicaron los legisladores, y toda vez que la materia en estudio no presenta limitaciones para que las Legislaturas conozcan estos temas, resulta necesario legislar desde el Congreso michoacano para garantizar la protección más amplia de la persona.
Así, la normativa en comento, manifiesta que el derecho al mínimo vital dentro del marco constitucional, abarca todas las acciones positivas o negativas imprescindibles para evitar que la persona se vea reducida en su valor íntimo como ser humano, dotándole no sólo protección económica, sino también de una tutela vinculada con la dignidad del individuo.
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