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Congreso valida procesos de fiscalización de ASM a través de medios electrónicos: Miriam Tinoco

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El Congreso del Estado otorgó certeza jurídica y validó los procesos de fiscalización que realiza la Auditoría Superior de Michoacán, a fin de que los pueda realizar mediante medios electrónicos, gracias a lo que, se fortalece el Sistema Nacional de Fiscalización y se está en armonía con la estrategia que la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, afirmó la diputada Miriam Tinoco Soto.

La diputada integrante de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán refirió que las reformas aprobadas a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado, el Congreso del Estado dota de mayores atribuciones a la ASM para que no se suspendan los procedimientos ante contingencias como la que hoy se vive por el Covid-19.

“La ASM podrá realizar procesos de fiscalización por medios electrónicos o de manera presencial, al establecerse las bases legales necesarias para que exista legalidad y certeza jurídica, en la Ley; el procedimiento específico para llevar a cabo la fiscalización por medios electrónicos será definido por la Auditoría Superior de Michoacán mediante la emisión de la normatividad secundaria conducente”.

En ese sentido, explicó que el máximo órgano de fiscalización en Michoacán podrá solicitar información y documentación, de manera física o por medios electrónicos o digitales, mediante el uso de firma electrónica, sello digital de tiempo y correo electrónico institucional, que serán obligatorios para las entidades fiscalizadas.

“Se podrán realizar de manera presencial o por medios digitales o electrónicos, ello incluirá las audiencias y comparecencias que podrán llevarse a cabo a distancia o por vía remota a través de medios electrónicos”.

Miriam Tinoco puntualizó que, con estas reformas avaladas también se podrán optimizar la administración de los recursos, tanto humanos como económicos y materiales, que en la actualidad resultan onerosos para la recepción, organización, clasificación y almacenamiento de documentos.

Además, se establece que la Auditoría Superior implementará un sistema informático, a través del cual, de manera enunciativa más no limitativa realizará la notificación de solicitudes de información preliminar, órdenes de auditoría, e informes individuales que contengan acciones, previsiones o recomendaciones, así como en su caso cualquier acto que se emita, los cuales constan en documentos digitales.

Por su parte, las entidades fiscalizadas presentarán solicitudes o darán atención a requerimientos de información de la Auditoría Superior a través de documentos o archivos digitales o electrónicos a través del sistema informático que para el efecto sea implementado o celebrarán los actos que se requieran dentro del proceso de fiscalización.

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