– Celebra diputado Oscar Escobar que por primera vez una mujer encabece la presidencia municipal de Tacámbaro.
– Debemos respaldar a las mujeres que ocupan cargos públicos y actuar conforme a la ley.
Por primera vez, una mujer es nombrada presidenta municipal de Tacámbaro, Eva Barriga Reyes; debemos celebrar que cada día más espacios sean encabezados por mujeres, afirmó Oscar Escobar Ledesma, diputado por el distrito 19.
“Como diputado electo por el distrito de Tacámbaro me enorgullece ver que por primera vez llega al frente de la presidencia municipal una mujer, llegó por la alianza PAN- PRD y cuenta con toda la experiencia y capacidad para administrar de la mejor manera el ayuntamiento. Debemos celebrar que las mujeres cada día ocupen más espacios importantes. Quiero felicitarla por ser la primera presidenta municipal de Tacámbaro”.
Ante la solicitud de licencia por tiempo indefinido del alcalde de Tacámbaro, la síndica Eva Barriga asumirá la administración. La Ley Orgánica Municipal en su artículo 50, fracción III, contempla que al solicitar licencia por más de 60 días el presidente municipal electo, el cabildo deberá designar al secretario del ayuntamiento como alcalde provisional durante 15 días para dar tiempo al Congreso de nombrar al nuevo edil; en caso de no obtener una respuesta, será el síndico quien asuma las funciones de alcalde.
El legislador por Tacámbaro enfatizó que el nombramiento de la síndica Eva Barriga como alcaldesa provisional, es una oportunidad para trabajar con mayor impulso en los temas que más atención requiere la población.
“Son buenas noticias que una mujer con ganas de trabajar y con una visión diferente de lo que necesita su municipio y su gente, llegue a encabezar el ayuntamiento. El nombramiento provisional, estoy seguro que no será una limitante para Eva Barriga, y cuenta con todo mi apoyo y respaldo como diputado por Tacámbaro”.
El jueves 25 de marzo el Congreso de Estado sesionará para nombrar al alcalde provisional que seguirá en funciones al frente del ayuntamiento de Tacámbaro, conforme lo establece el artículo 50, fracción III de la Ley Orgánica Municipal.
La propuesta de Alcalde Sustituto o Provisional deberá emanar del instituto político que postuló en las elecciones al candidato ganador, en este caso le corresponde a Acción Nacional presentar la propuesta ante el Congreso local, para su votación y designación del edil.
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