Morelia; Michoacán, 15 de junio de 2018.- Con el objetivo de analizar los fundamentos constitucionales de la actividad parlamentaria en México, el Instituto de Investigaciones y Estudios Legislativos del Congreso del Estado, en coordinación con la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, llevó a cabo la segunda sesión del Seminario “Práctica Parlamentaria”.
En el panel participaron Alfonso Arroyo Velázquez, Socorro Hernández Cruz y Alba Lizbeth Bazán Nieto, quienes hablaron de las acciones del Congreso Constituyente que dieron origen a la Constitución de 1917, base jurídica de la institución parlamentaria actual.
Asimismo, coincidieron en que dentro de las principales aportaciones de la Constitución de 1917, se encuentra el reconocimiento a los derechos laborales, al establecer el derecho a huelga, regular el salario mínimo y la jornada laboral.
Además se estableció el derecho de los ciudadanos a una educación laica y gratuita, se instituyeron logros importantes en lo referente a la propiedad de la tierra; en los se pueden apreciar las ideas nacionalistas, liberales y democráticas que los constituyentes de 1917 consiguieron.
Al respecto, Arroyo Vázquez destacó que en materia de práctica parlamentaria, con el propósito de salvaguardar los preceptos constitucionales, Venustiano Carranza promulgó el Decreto Número 13, de fecha 20 de marzo de 1917, en el que establece que para cumplir con las disposiciones de la Constitución Federal, era preciso reformar lo antes posible las Constituciones de los Estados, lo que ciertamente no podrá hacerse si hubiera que seguir los trámites lentos que la mayor parte de dichas Constituciones establecían al efecto.
Con ese propósito, se otorgó a las legislaturas de los Estados, el carácter de Constituyentes, además del que les era propio como ordinarias, sólo para efecto de implantar en las Constituciones locales, las reformas de la nueva Constitución General de la República.
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