Morelia; Michoacán, 13 de julio de 2017.- Con el propósito de garantizar la salud como un derecho inherente de toda persona, atendiendo a las necesidades de la población, el Congreso del Estado aprobó modificar el tercer párrafo del artículo 2° de la Constitución Política de Michoacán, para obligar al estado a proteger la salud de los habitantes proviéndoles de seguridad social, medidas preventivas y curativas accesibles que promuevan el bienestar físico.
El dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Salud y Asistencia Social, y presentado por la diputada Belinda Iturbide Díaz, y a su vez suscrita por las legisladoras Nalleli Julieta Pedraza Huerta, Brenda Fabiola Fraga Gutiérrez, Jeovana Mariela Alcántar Baca y Rosa María De la Torre Torres, establece que toda persona tiene derecho a una existencia digna, a la educación, a la cultura, al trabajo y a la protección de la salud. El Estado promoverá el desarrollo físico, moral, intelectual, social y económico del pueblo.
En este sentido, el decreto señala que las políticas públicas que de esta modificación deriven, deberán proyectarse en el presupuesto anual que se asignen a diversas dependencias estatales y municipales, para con ello garantizar de forma progresiva este derecho humano vital, sin distinción de ninguna clase entre las personas.
El Pleno del Congreso determinó remitir dicha modificación a los Ayuntamientos y Concejos Municipales del Estado, para que en el término de un mes después de recibida envíen, a la LXXIII Legislatura local, el resultado de su votación.
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