Morelia; Michoacán, 6 de julio de 2017.- Las Comisiones unidas de Justicia y de Seguridad Pública y Protección Civil sesionó para analizar, discutir, y aprobar el dictamen con proyecto de decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo II, y reforman los artículos 291 y 292 del Código Penal para el Estado de Michoacán, que incluye castigo penal para quienes realicen denuncias telefónicas reportando hechos inexistentes que provoquen la movilización de los cuerpos policíacos o de emergencia.
La iniciativa de decreto, se armoniza en concordancia con lo establecido en las 10 acciones para “mejorar la seguridad, la justicia y el Estado de Derecho” en el país, anunciadas por el Ejecutivo Federal, con el objetivo de dar respuesta inmediata a las urgencias y emergencias de los ciudadanos, misma que se votará en sesión ordinaria. De aprobarse, se aplicará prisión de uno a tres años y de cien a quinientas unidades de medida y actualización, al que haga uso indebido de los medios de comunicación de emergencia o denuncia, reportando hechos falsos o inexistentes que provoquen la movilización o presencia de personal de respuesta y unidades o vehículos.
Los diputados Ángel Cedillo, Carlos Quintana, Nalleli Pedraza y Xóchitl Ruíz, Presidente e integrantes de la Comisión de Justicia, así como, Wilfrido Lázaro, y Roberto Carlos López, Presidente e integrante de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, firmaron la reforma que además contempla los mecanismos técnicos para la recepción de la llamada, siendo esta una reforma
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