Morelia, Michoacán, 31 de enero de 2022. En el contexto actual de acciones afirmativas que aplican las instituciones electorales, el Instituto Electoral de Michoacán y el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo impulsaron de manera coordinada la Conferencia Protección de Datos vs Acceso a la Información “Acciones Afirmativas”, a cargo de la Comisionada del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información (INAI), la Dra. Josefina Román.
Para dar la bienvenida a la conferencia y en el marco de la Conmemoración del Día Internacional para la Protección de Datos Personales, el Consejero Presidente, Ignacio Hurtado Gómez, manifestó que el tema de protección de datos de las personas, así como el de acceso a la información son temas relevantes para las autoridades electorales, los cuales destacaron por su importancia durante el pasado proceso , ya que a través de estos se estaba también en la búsqueda de una democracia incluyente.
Por su parte, la Consejera Carol Berenice Arellano Rangel, Presidenta del Comité del Transparencia del IEM quien fungió como moderadora de la conferencia impartida por la a Dra. Josefina Román Vergara, comisionada del INAI y comentada por el lic. Adrián Alcalá Méndez, comisionado de la misma institución autónoma, destacó la importancia de la resolución en la que el INAI estableció su criterio en torno a qué por sobre el interés personal de protección de datos personales, está el interés público de acceso a la información, en un entorno democrático, de ahí la importancia de conocer de propia voz de su ponente las razones y fundamento de la “Resolución Arcoiris”.
Durante la participación de la Dra. Josefina Román, explicó que, derivado de una solicitud de información, en el que el solicitante no estuvo de acuerdo con la omisión de parte de la información, por ser información reservada, interpuso el recurso de revisión ante el INAI (RRA-10703/21), análisis tras el cual los Comisionados del INAI concluyeron que dicha petición fuera sometida a un análisis de interés público.
En el caso concreto, dijo, se está frente a intereses contrapuestos: mantener la confidencialidad de los datos o divulgar información por razones de transparencia, concluyendo que, cuando una persona decide ser candidata a un cargo de elección popular –sobre todo si va a representar a algún grupo en situación de vulnerabilidad–, existe un interés público de parte de dicho grupo y de la sociedad en su conjunto para identificar a sus representantes.
Asimismo el Lic. Adrián Alcalá Méndez, precisó el ejercicio de ponderación de derechos que realizó el pleno del INAI, donde se buscó prever la suplantación de cargos de elección popular y donde el resolutivo buscó garantizar que las y los grupos en situación de vulnerabilidad identificarán a sus candidatas y candidatos para conocer si representarán y defenderán sus necesidades
El evento contó con la presencia de las Consejeras Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, Araceli Gutiérrez Cortés, Viridiana Villaseñor Aguirre, así como los Consejeros Luis Ignacio Peña Godínez y Juan Adolfo Montiel Hernández, Mtra Areli Yamilet Navarrete Narajo, Presidenta del IMAIP, el comisionado Diego Anita Gutiérrez, así como la Magistrada Yurisha Andrade Morales del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM).
La resolución del INAI identificada con la clave (RRA-10703/21) puede ser consultada en la siguiente liga: http://inicio.inai.org.mx/SitePages/Resoluciones_PDP.aspx
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