Ciudad de México a 6 de febrero de 2020.- Este jueves, la Cámara de Diputados aprobó que por ley el orden de los apellidos de un recién nacido lo determinen la madre y el padre y no necesariamente tenga que ser el apellido paterno el que se imponga sobre el materno de manera obligatoria.
Con 386 votos a favor, 14 en contra y 4 abstenciones, dicha reforma, por fin, terminará con la discriminación hacía las mujeres ya que según la Suprema Corte de Justicia de la Nación “La prohibición de anteponer el apellido de la mujer al del hombre durante el registro de un menor es inconstitucional”.
De acuerdo al diputado federal de Morena, Carlos Torres Piña, estos cambios al Código Civil “buscan terminar con la discriminación de facto hacia las mujeres ya que evitarán minimizar el rol de la mujer en el ámbito familiar”.
Además, garantizan el cumplimiento a los Tratados Internacionales de los que México forma parte, y garantiza el derecho a la identidad de los recién nacidos, ya que en ausencia definitiva de los padres un juez del Registro Civil podrá nombrar al menor.
A decir del legislador michoacano, aunque todavía falta su aprobación en el Senado, dicha reforma da un gran paso en el reconocimiento de los derechos de las mujeres en México, ya que son ellas quienes asumen un papel fundamental en la familia actual que se debe de reconocer.
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