Morelia, Mich., a 5 de diciembre del 2019.- El pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el retiro voluntario del magistrado Fernando Arreola Vega, Titular de la Quinta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con derecho a disfrutar de una pensión mensual equivalente a la remuneración que perciban los magistrados en activo, con cargo al presupuesto del Poder Judicial de esta entidad federativa.
En la lectura del dictamen, se expuso que mediante un escrito dirigido al Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con fecha 17 de septiembre de 2019, el Doctor Fernando Arreola Vega, Magistrado de la Quinta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, solicitó se aprobara su retiro voluntario del cargo de Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, disfrutando de una pensión mensual equivalente a la remuneración que perciban los magistrados en activo, con cargo al presupuesto del Poder Judicial del Estado.
De esta manera, el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con fecha 26 de septiembre de 2019, aprobó el dictamen de retiro voluntario del Doctor Fernando Arreola Vega, Titular de la Quinta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia, en consideración a que satisface plenamente los requisitos de edad y servicio efectivo en su cargo como Magistrado, conforme al artículo 72 párrafos segundo y tercero de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, antes de la reforma realizada en el Decreto número 44, así como de conformidad al artículo cuarto transitorio, del referido Decreto.
Por tanto, con fecha 15 de octubre de 2019, en cumplimiento al precepto constitucional invocado, el Gobernador del Estado remitió al Congreso del Estado, para su discusión y aprobación en su caso, el Dictamen de retiro voluntario del Magistrado Fernando Arreola Vega, Titular de la Quinta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
Así pues, los diputados integrantes de la Comisión de Justicia, señalaron que dicho dictamen se debía aprobar, toda vez que se encuentran satisfechos los supuestos previstos en el artículo 72 párrafos segundo y tercero, de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, vigente antes de la reforma realizada en el Decreto número 44, y artículo cuarto transitorio, del mismo Decreto, lo anterior en virtud de que el Magistrado Fernando Arreola Vega, cumplió sesenta y cinco años de edad y cuenta con más de treinta y tres años de servicio efectivo como Magistrado.
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