Congreso

COMPARECENCIAS DE SERVIDORES PÚBLICOS, NO DEBE ESTAR A CAPRICHO DE FUNCIONARIOS, NI DE DIPUTADOS: JAVI PAREDES

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El legislador local afirmó que la rendición de cuentas es una obligación por parte de los gobernantes y la fiscalización por parte del Legislativo.
Morelia, Michoacán, 03 de octubre de 2019. La comparecencia de los servidores públicos ante el pleno y las Comisiones del Congreso del Estado, no deben estar a merced del capricho ni de los propios diputados, ni del funcionariado, afirmó el diputado local Javier Paredes Andrade.    El representante popular informó que presentará la propuesta de acuerdo en la siguiente sesión ordinaria, para que se expida el Reglamento de Comparecencias del Congreso del Estado de Michoacán.   Tal y como lo señalan los artículos 39 y 12 de la Constitución Política de México y de Michoacán, es necesario que los gobernantes rindan cuentas puntuales y continúas a sus gobernados y el poder Legislativo tenga herramientas suficientes para fiscalizar.     Paredes Andrade, recalcó que el deber del Poder Ejecutivo es informar y el derecho del Congreso de ser informado, acción por la que el gobierno resulta obligado a comparecer ante el parlamento y sus Comisiones, posibilitando así la fiscalización y control directos que son de regla en un sistema democrático.   La propuesta señala que la presencia de otras autoridades o servidores públicos de los órganos autónomos que no forman parte del Gobierno, se regirán por la misma lógica de las comparecencias.   “La propuesta del Reglamento de Comparecencias del Congreso del Estado, no permite a los miembros del Gobierno, servidores públicos o propios diputados a merced del capricho, precisamente es el responsable de normar esta facultad estableciendo límites, requisitos y plazos, en las comparecencias”, señaló.    El citado nombramiento pretende normar la fracción XVIII del artículo 44 que establece la facultad de citar a los titulares y directores de las dependencias de la Administración Pública Estatal Centralizada y Paraestatal, Fiscal General, así como titulares de los organismos autónomos.    El Congreso del Estado, conforme a lo dispuesto en los artículos 44 y 60 de la Constitución Política de Michoacán podrá citar al Gobernador para que presente el  informe verbal ante el Pleno, de las principales acciones del último año de su gobierno y servidores públicos para que den cuenta del estado que guarden sus respectivos ramos.    Los servidores públicos que podrán comparecer ante el Pleno o Comisiones son: el Gobernador; Secretario de Gobierno; Titulares de las dependencias básicas de la Administración Pública Centralizada; Fiscal General del Estado; Presidentes municipales y Concejero Municipal de Cherán; Titulares de las entidades paraestatales; y, de los órganos constitucionales autónomos.   El legislador único por Movimiento Ciudadano, precisó que cuando los sujetos obligados no cumplan con las comparecencias o no contesten satisfactoriamente a los cuestionamientos de los diputados, estos podrán presentar una queja ante el jefe del Ejecutivo estatal, para las acciones conducentes.    Aunado a lo anterior, el Reglamento de Comparecencias del Congreso del Estado permitirá una interacción entre el Ejecutivo y Legislativo durante la rendición anual de labores, de forma tal que puedan aclarar sus dudas.    El legislador local, aclaró que la principal intención es mejorar la rendición de cuentas y obligar a los gobernantes a brindar explicaciones puntuales acerca de las acciones que realizan para mejorar las condiciones de vida en Michoacán y esclarecer toda aplicación de recursos públicos.   Confío en que dicha propuesta, tenga el aval de sus homólogos de las diferentes fracciones parlamentarias, ya que abona a la transparencia y rendición de cuentas ante la sociedad. 

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